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Las irregularidades en el proceso a Jesús

Sin lugar a dudas, fue el juicio de mayor trascendencia para la historia de la Humanidad. Pero fue injusto e irregular, desde el punto de vista tanto de la ley judía como romana. Ha merecido un análisis muy interesante hecho por Antonio Miguel Jiménez en El Debate de Hoy

El camino que llevó a Jesús hasta la Cruz es, sin duda, uno de los juicios de mayor trascendencia para la historia de la Humanidad. Desde las fuentes históricas, y en base al derecho, este proceso estuvo plagado de mala praxis.

Se puede comenzar asegurando, sin temor a errar, que se han vertido auténticos ríos de tinta sobre la cuestión del “Jesús humano” o “Jesús histórico”, con el objetivo de desentrañar lo mejor posible los elementos de veracidad en la vida del “personaje histórico más excepcional –como lo definía G. K. Chesterton en El hombre eterno– de la historia de la humanidad”.

El mensaje de Jesús había criticado el poder y la riqueza que ostentaban los sumos sacerdotes y los escribas y había liberado a aquellos que lo habían escuchado de unas leyes que esclavizaban al hombre

 

Desde la perspectiva de la fe católica, es un absurdo o, al menos, un sinsentido, intentar separar las dos dimensiones de Cristo, al que definimos en el Credo como “Dios y hombre verdadero”. Pero desde la perspectiva histórica, cuyo “credo” se asienta principalmente en la corriente de pensamiento del materialismo histórico, esto no solo no es absurdo, sino que es necesario. Y, dicho sea de paso, a más de un católico no le vendría nada mal lanzar una atenta mirada a esta perspectiva, ya que le haría entender y fundamentar mejor su fe cristiana. A este respecto, y de todas las obras que se han escrito, cabe destacar El Jesús histórico (Ediciones Sígueme, 2012), donde se hace una excelente recopilación de la bibliografía sobre Jesús de Nazaret.

Pues bien, dentro de esta perspectiva histórica encontramos un episodio sobre el que también ha abundado la bibliografía, aunque desde distintas perspectivas: el juicio a Jesús y la subsiguiente condena, lo que los cristianos denominamos la Pasión de Cristo. Las últimas perspectivas en ser abordadas han sido la histórico-jurídica y la forense, donde cabe destacar dos títulos con especial relevancia en español publicados en los últimos años: Proceso a un inocente, ¿fue legal el juicio a Jesús? (Liberman, 2012), de José Raúl Calderón Peragón, y Proceso a Jesús. Derecho, religión y política en la muerte de Jesús de Nazaret (Almuzara, 2013), de José María Riba Alba.

Estos dos autores, ambos juristas, aunque en ciertos aspectos han arrojado más luz sobre el tema, también han puesto de manifiesto las dudas que todavía entraña la cuestión y sus obras, que apenas tienen un año de diferencia, son el mejor ejemplo de ello, pues encarnan las dos posturas opuestas sobre la interpretación del juicio a Jesús: su legalidad.

Condenado irregularmente por “blasfemo”

Pero, ¿qué se puede decir sobre el proceso a Jesús de Nazaret? No cabe duda de que las fuentes principales son los textos evangélicos y, de entre estos, especialmente el de san Juan, que es el que más detalles da del proceso y quien, además, supuestamente estuvo presente a los pies de la cruz en el último momento, lo que podría significar que pudo haber presenciado también, con el debido disimulo, el resto del juicio. Y como fuentes secundarias, aunque no menos importantes, destacan los historiadores contemporáneos o inmediatamente posteriores al suceso, como Flavio Josefo, Tácito o Plinio el Joven, además de los hallazgos arqueológicos y epigráficos y, como culmen bibliográfico, las leyes judías y el derecho procesal y penal romano.

El proceso a Jesús, llamado el Nazareno por proceder de este pequeño pueblo galileo, tuvo lugar el día 13 del mes de Nisán del año 3790 del calendario hebreo, en algún momento del reinado del emperador Tiberio, es decir, en el siglo I d.C., posiblemente en torno al 32 y el 34 d.C. Pero aun siendo el juicio que más ha trascendido e influido en la historia, curiosamente no contamos con exceso de datos sobre el mismo.

Así, el historiador romano Tácito señalaba en su obra Annales que “el tal Cristo” había sido ajusticiado por orden de Poncio Pilato (Ann. 15, 44), nombre este último que aparece junto al del emperador Tiberio en una inscripción hallada en las excavaciones arqueológicas de Cesarea Marítima. Y, en efecto, Tácito no se equivocaba.

Como relatan los evangelios, Jesús no fue condenado por Pilato, sino ajusticiado por este, ya que la condena por “blasfemo” había tenido lugar en dos irregulares juicios, el primero en casa del que fuera sumo sacerdote, Hanán (Anás en griego), y del entonces sumo sacerdote del Templo, Yosef Qayyafá (Caifás). En este último juicio se le encontró culpable de blasfemia y se decidió condenarlo a muerte.

Son muchos los interrogantes que surgen a este respecto y de los hechos subsiguientes. En primer lugar, ¿no esperaban los judíos la venida del Mesías? ¿No cabía la posibilidad, pues, de que fuera Jesús? Por otra parte, y en lo referente a la condena y a la tipología de la misma, ¿por qué no ajusticiaron ellos mismos a Jesús, como habían hecho con tantas y tantas mujeres acusadas de adulterio en las plazas públicas? Y, por último, ¿por qué pedir una condena ajena a la ley judía, como la crucifixión, y que fuera llevada a cabo por el poder romano?

La primera cuestión es de sencilla respuesta. El mensaje de Jesús, fuera o no Mesías para los judíos de entonces, había criticado fuertemente el poder y la riqueza que ostentaban los sumos sacerdotes y los escribas y había liberado a aquellos que lo habían escuchado de unas leyes que esclavizaban al hombre, predicando la ley del amor a Dios y al prójimo y la fraternidad de todos los hombres mediante la filiación divina con Dios. En nuestra civilización occidental actual, la igualdad de todas las personas ante la ley parece una obviedad, algo básico, pero en la Judea del siglo I d.C. una idea así era implanteable, totalmente tabú. En definitiva, Jesús desacreditó el poder del Sanedrín y sus miembros no podían consentirlo. Además, la procedencia humilde de Jesús y su tierra natal, Galilea, a cuyos habitantes despreciaban como bárbaros en Judea, hacían imposible a los sumos sacerdotes creer que de aquí surgiría el Mesías, recordando las palabras de Natanael: “¿Puede salir algo bueno de Nazaret?” (Jn. 1, 46).

El segundo interrogante es algo más complejo. ¿Por qué no podían los sumos sacerdotes ajusticiar a Jesús? La respuesta sencilla sería: por la ley romana. Judea había sido un reino clientelar de Roma desde que Pompeyo Magno derrotase al rey Mitrídates VI del Ponto en el año 63 a.C., pero con sus reyes títere, como Herodes el Grande, se mantuvo cierta autonomía legislativa. Cosa distinta pasó tras el reinado de Herodes Arquelao, hijo del anterior y hermano de Antipas, que disgustó profundamente al poder romano, y en pro de un control político definitivo se creó la provincia romana de Iudæa (Judea). Desde el año 6 d.C. pues, la ley vigente pasó a ser la romana, en detrimento de la judía. Hasta aquí todo claro. Pero entonces encontramos otra incongruencia, ¿por qué sí ajusticiaban a las mujeres acusadas de adulterio?

La Semana Santa en el cine cine religioso. Muchos directores han tratado de representar los últimos momentos de la vida de Jesús en la gran pantalla. Mel Gibson con La Pasión de Cristo se convirtió en un referente por su aproximación histórica.

 

En los evangelios queda muy clara la disposición de apedrear hasta la muerte a mujeres sorprendidas en adulterio siguiendo la ley mosaica (Dt. 22, 23-24) e incluso en una ocasión quisieron apedrear al mismo Jesús públicamente por blasfemo (Jn. 8, 59), ¿por qué en esta ocasión no fue así? Pierde sentido, ante la comparación con la suerte sufrida por las mujeres acusadas de adulterio recurrir al tópico de que los sumos sacerdotes debían obedecer la ley romana y al César, lo que no parece sino una impostura por parte del Sanedrín para mantener las formalidades con las fuerzas de ocupación romanas que, dicho sea de paso, mientras se guardara el orden eran bastante pasivas respecto a estas cuestiones.

Además, la pena judía por blasfemia era exactamente igual que la pena por adulterio, según el libro del Levítico (24, 16): la lapidación. ¿Por qué entonces los sumos sacerdotes pidieron, primero, al prefecto romano que ajusticiara él a Jesús y, segundo, que lo hiciera por crucifixión?

En busca de la mayor humillación posible

La única lógica es la del desprestigio y la humillación. El mismo Pilatos se extrañó, inquiriendo a quienes le presentaban a Jesús: “Tomadlo y juzgadlo según vuestra ley” (Jn. 18, 31), lo que indica que la práctica ejecutoria por parte de las autoridades judías era algo habitual. Pero los sumos sacerdotes eran conscientes de que algunos consideraban a Jesús como el Mesías esperado, que muchos lo consideraban “un profeta poderoso en obras y en palabras delante de Dios” (Lc. 24, 19), como lo definieron los dos discípulos de Emaús, y que casi todos lo tenían como un hombre santo.

El proceso a Jesús de Nazaret, tanto en la vertiente judía como en la romana, tuvo numerosas irregularidades legales que no dejaron de apuntar en la misma dirección: la ignominia y la humillación del reo.

 

En cualquiera de los casos, y desde la perspectiva de los sumos sacerdotes, sus palabras no podían tener repercusión si querían mantener sus privilegios ante el pueblo y ante Roma. Por ello, la acusación de blasfemo era perfecta para desacreditarlo y, para que dicho descrédito sonara en toda la provincia, lo llevaron, con la acusación esta vez de agitador contra Roma, al prefecto del pretorio, Poncio Pilato, quien, pese a que no encontró “ningún motivo en él para condenarlo” (Jn. 18, 38), hubo de acceder a aprobar el ajusticiamiento para mantener el orden público. Pero aquí tuvo lugar otra irregularidad. Antes de autorizar el ajusticiamiento, Pilato hizo ejecutar otra sentencia.

“Pilato mandó entonces azotar a Jesús”, escribe san Juan (19, 1). Aspecto este sumamente curioso. Theodor Mommsen, en su obra titulada Derecho penal romano, aclaraba que los azotes no eran una pena en sí misma, sino que servían como coerción o humillación pública para pobres o esclavos que no tenían dinero para afrontar penas pecuniarias y en tiempos del principado se aplicaba a aquellos con una pena más leve. ¿Por qué entonces Pilato mandó azotar a Jesús, para quien pedían la muerte en cruz, propia de ladrones y proscritos? ¿Por qué torturar a un hombre que en el interrogatorio había hablado?

Posiblemente, la razón sea acorde con el dato evangélico: Pilato no quería ajusticiar a alguien que no parecía aquello de lo que se le acusaba (Jn. 19, 12), pero la fuerte presión de los sumos sacerdotes pudo con él. Finalmente, Jesús de Nazaret fue entregado por el prefecto romano al Sanedrín, quien, con una cohorte romana, se encargó de crucificar al reo. Este hecho es también muy significativo: hubieron de ser los romanos quienes crucificaran a Jesús, pues eran los que sabían hacerlo, ya que en la ley judía no se contemplaban ejecuciones de aquellas características, ideadas para hacer sufrir al condenado hasta el extremo.

El Triduo Pascual supone la “Fiesta de las Fiestas” para un cristiano. La celebración de la Pasión entronca con la tradición más antigua de la Iglesia.

 

La pena de muerte por crucifixión entrañaba una especial crueldad y dureza. De origen posiblemente persa, aplicada a sediciosos, traidores y rebeldes, su modus operandi radicaba en la lenta asfixia del reo, causada por la posición a la que este era obligado a estar, clavado de manos y pies a sendos maderos de la cruz, impidiendo la respiración. Aunque el caso de Jesús fue especialmente grave, ya que a semejante suplicio se añadía la pérdida de sangre provocada por los azotes y la corona de espinas. Ante esto solo cabe una pregunta, ¿era normal la aplicación de penas tan severas a personas que se autoproclamaban mesías? La respuesta es no. En la zona de Palestina siempre los hubo, antes y después de la llegada de Roma, y nunca se les aplicó semejante pena. De hecho, normalmente eran tomados por desequilibrados. ¿Por qué el caso de Jesús de Nazaret fue distinto a todos, a los anteriores y a los posteriores?

¿Era normal la aplicación de penas tan severas a personas que se autoproclamaban mesías? La respuesta es no.

 

Por muy avanzada que se encuentre la disciplina histórica, hay cuestiones que siempre serán un misterio. Pero, en definitiva, puede decirse que el proceso a Jesús de Nazaret, tanto en la vertiente judía como en la romana, tuvo numerosas irregularidades legales que no dejaron de apuntar en la misma dirección: la ignominia y la humillación del reo. Y lo cierto es que, curiosamente, desde el punto de vista cristiano esto es algo esencial para entender el sacrificio de Cristo por los hombres.

La historia de Jesús, llamado Cristo, resultó ser el más absoluto fracaso a ojos de los hombres pero, poco tiempo después, su doctrina se extendería por Oriente Próximo, primero, y por todo el Imperio romano, después, como la pólvora. Los cristianos, como los llamaron por primera vez en Antioquía no más de 20 años después de aquel proceso en Jerusalén, revolucionaron el mundo.

ESCRITO POR ANTONIO MIGUEL JIMÉNEZ. Graduado en Historia por la USP CEU y máster en Historia Antigua por la UCM-UAM.

Written by Rafael de la Piedra