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Ley de la Muerte Digna en España atenta contra el derecho a la vida

Califican de «gravemente injustas» las leyes que «toleran y regulan las violaciones del derecho a la vida» y cuestionan «la legitimidad de los poderes públicos que las aprueban».

El secretario general de la Conferencia Episcopal Española, Juan Antonio Martínez Camino, explicó hoy que la Ley Reguladora de los Derechos de las Personas ante el proceso final, más conocida como Ley de Muerte Digna, de la vida que el Gobierno ha enviado al Congreso es una normativa “injusta” porque va en contra de un derecho fundamental como es el derecho a la vida y por lo tanto “no es necesario su cumplimiento” en el caso de que el texto sea aprobado por el Parlamento tal cual está.
El texto aprobado por los obispos en su última reunión de la Comisión Permanente explica que si bien la Iglesia “no identifica el orden legal con el orden moral”, las leyes que «toleran e incluso regulan las violaciones del derecho a la vida son gravemente injustas y no deben ser obedecidas”. “La Iglesia no rechaza la democracia sino que ejerce con su voz la democracia”, afirmó monseñor Martínez Camino, al tiempo que recordó que “sin reconocimiento de los derechos fundamentales no hay democracia. Leyes de este tipo han regido en regímenes no democráticos”.

En el documento, los obispos también señalan que con su postura no están poniendo “en cuestión la organización democrática de la vida pública” ni tratan de “imponer una concepción moral privada al conjunto de la vida social”, simplemente recuerdan que “las leyes no son justas por el mero hecho de haber sido aprobadas por las correspondientes mayorías, sino por adecuación a la dignidad de la persona humana”.

Este es el punto conflictivo de una ley, que para el portavoz de la Conferencia Episcopal, es lo suficientemente “ambigua e imprecisa” como para “abrir las puertas a la eutanasia”. “Esta ley supone un retroceso en la tutela de los derechos de los enfermos y de las personas que están en el proceso final de la vida al que nadie supuestamente con su voluntad puede causarles la muerte. La muerte se causa con conductas pasivas y con conductas activas. Esto no está claro en la ley y para una cuestión tan importante la normativa tiene que tener la máxima claridad posible”, aseveró el prelado, quien pidió la modificación del proyecto.
Autonomía absoluta del paciente

El texto aprobado la semana pasada por los obispos afirma que a pesar de que la intención de la nueva normativa es «laudable» puesto que, tal como el propio anteproyecto explicita, pretende «proteger la dignidad de la personal en el final de la vida sin despenalizar la eutanasia», establece «una concepción de la autonomía de la persona, como prácticamente absoluta» que «acaba por desvirtuar la intención declarada y por sobrepasar el límite propuesto de no dar cabida a la eutanasia».

Además, los prelados consideran que el concepto de dignidad de la persona queda «negativamente afectado», ya que «parece sostenerse implícitamente que una vida humana podría carecer de dignidad tutelable en el momento en el que así lo dispusiera autónomamente la parte interesada e incluso eventualmente un tercero».

Otro de los puntos críticos de la actual redacción de la ley es que «emplea una definición reductiva del concepto de eutanasia, con la que se deja la puerta abierta a ciertas omisiones voluntarias que pueden causar la muerte o que buscan de modo directo su aceleración».

Asimismo, los obispos apuntan que «se señalan algunas conductas eutanásicas a las que se daría cobertura legal como, por ejemplo, la posible sedación inadecuada, el abandono terapéutico o la omisión de los cuidados debidos». Además de la conculcación del derecho a la libertad religiosa de los profesiones sanitarios «al quedar prácticamente reducidos a ejecutores de la voluntad de los pacientes y que no se les sea reconocido el derecho a la objeción de conciencia»

Written by Rafael De la Piedra